La ANFP difunde el fallo de San Marcos: la tabla de Primera B sigue sin cambios

La ANFP difunde el fallo de San Marcos: la tabla de Primera B sigue sin cambios

La resolución confirma la sanción contra San Marcos

La sentencia definitiva de la ANFP fue publicada el viernes 30 de octubre de 2026 y expuso los fundamentos de la decisión contra San Marcos de Arica. El documento también dejó en evidencia que existen distintas interpretaciones dentro del Tribunal de Disciplina sobre los efectos deportivos de la medida.

La Primera Sala acogió la denuncia presentada contra el club ariqueño y determinó que entregó documentación falsa relacionada con su capital de funcionamiento. Las irregularidades correspondieron a las declaraciones asociadas con los cierres trimestrales de septiembre de 2024 y de marzo, junio y septiembre de 2025.

La máxima sanción contemplada en el reglamento

A partir de esos antecedentes, el tribunal acogió la petición principal de la denuncia y estableció que el Club Deportivo San Marcos de Arica presentó ante la Asociación antecedentes falsos sobre su capital de funcionamiento.

Por esta razón, se aplicó la desafiliación, considerada la máxima sanción prevista en el reglamento. La medida fue adoptada conforme al artículo 84, literal g), y al artículo 85, inciso segundo, del Reglamento de la ANFP vigente al momento de los hechos.

La diferencia de criterios sobre la Primera B

El fallo fue aprobado por mayoría de los integrantes de la Primera Sala: Exequiel Segall, Alejandro Musa, Jorge Isbej, Santiago Hurtado, Carlos Aravena y Simón Marín. No obstante, Jorge Isbej Riquelme respaldó la desafiliación, pero manifestó una discrepancia respecto de las consecuencias que esta debía tener en la competencia.

El punto de discusión se relaciona con el artículo 87 de las Bases del Campeonato de Primera B 2026, norma que establece efectos deportivos para los clubes que pierden la categoría como consecuencia de una sanción, una desafiliación o una expulsión.

La propuesta para contabilizar los partidos

Según el criterio planteado por Isbej, la resolución no debía limitarse a confirmar la salida de San Marcos de la ANFP. También debía precisar qué ocurriría con los encuentros disputados y pendientes durante la temporada.

Su interpretación sostiene que el Santo debía quedar último en la tabla de posiciones y que todos sus partidos, tanto los ya jugados como los que aún debía disputar, tenían que registrarse como derrotas por 3-0. La única excepción sería que el rival hubiera conseguido originalmente un triunfo por una diferencia superior.

El integrante del tribunal fundamentó esta postura en el artículo 10.5 del Reglamento de la ANFP. A su juicio, la desafiliación implica la pérdida de la calidad de miembro de la Asociación y, por consecuencia, de la categoría en la que participa el club. Por ello, no correspondería distinguir entre una pérdida de categoría provocada por descenso y otra derivada de la sanción más grave prevista por la normativa.

Isbej también invocó el artículo 5° de las Bases, que establece la prevalencia del Reglamento de la Asociación sobre ese cuerpo normativo. Su argumento fue que el artículo 10.5 ordena aplicar lo dispuesto en las Bases cuando un club es desafiliado durante la temporada, sin diferenciar esa situación de la pérdida de categoría. En consecuencia, consideró que el artículo 87 debía producir sus efectos también en este caso.

La tabla se mantiene sin modificaciones

Pese a los argumentos expuestos por Isbej, la posición mayoritaria de la Primera Sala no incorporó esas consecuencias deportivas en la parte resolutiva de la sentencia.

De este modo, la tabla de posiciones de Primera B no tendrá modificaciones por ahora como consecuencia de la desafiliación de San Marcos de Arica.

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