El día jueves 2 de mayo se da inicio al pago del Bono Invierno 2024. Este beneficio, que no requiere postulación, se entrega junto con la pensión de mayo, por lo que la fecha de recepción puede variar de persona a persona. A partir de hoy, los posibles beneficiarios pueden verificar su estado a través de la página web del Instituto de Previsión Social (IPS).
El monto del Bono Invierno este año es de $77.982, lo que representa un incremento del 4,3% en comparación con el año pasado. Este ajuste ha sido establecido por la Ley 21.647, la cual regula los reajustes del sector público y otros beneficios. En 2023, el monto fue de $74.767.
Es importante destacar que, aunque el pago del Bono Invierno se realiza al mismo tiempo que la pensión de mayo, este no se considera parte de la pensión habitual mensual.
El Bono Invierno se otorga a aquellos individuos que cumplen con ciertos criterios establecidos por la ley. A diferencia de otros subsidios estatales, no es necesario postular para recibir este beneficio. Además, este bono no se considera como un ingreso tributable ni está sujeto a descuentos.
El IPS ha especificado que aquellos que tienen 65 años o más al 1 de mayo de 2024 y cumplen con los siguientes criterios pueden acceder al Bono Invierno:
– Personas pensionadas del IPS, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Dipreca, Capredena y Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, siempre que tengan una pensión inferior o igual a $212.406.
– Pensionados del Sistema de AFP que perciban pensiones mínimas con garantía estatal.
– Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que perciban el Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677.
– Beneficiarios de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban solo la PGU.
– Pensionados de AFP y compañías de seguros que reciban la PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $212.406.
Según el IPS, no son beneficiarios del Bono de Invierno aquellos que:
– Reciben más de una pensión (incluido el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y las pensiones de gracia). Salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a una pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
– Son titulares del Subsidio de Discapacidad, ya que no están contemplados en la ley y no cumplen con el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
– Son titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden acceder al Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope definido.
En resumen, el Bono Invierno es un beneficio no postulable que se entrega a personas pensionadas que cumplen con ciertos criterios. Este año, el monto del bono es de $77.982 y se entrega junto con la pensión de mayo. Para verificar si eres beneficiario, puedes ingresar tu RUT en la página web del IPS.