Informe sobre la evaluación de conductores en España
El informe incluye, a partir de la base de datos existentes, una descripción de la población de conductores de España en 2022 y analiza también el último trámite que realizaron en un centro de reconocimiento de conductores (CRC) en la década de 2012 a 2022.
Con el título Estudio del efecto de las condiciones psicofísicas sobre la seguridad vial, ha sido realizado por los investigadores Cándida Castro, Pablo Doncel, Ana Clara Szot, Lucía Laffarga, Daniel Salazar Frías, Andreea I. Dinu y María Rodríguez Bailón.
Una de las conclusiones principales, según comenta Cándida Castro, es que “en los CRC se puede estar produciendo un infra diagnóstico de enfermedades y una infraestimación del riesgo por la falta de imposición de restricciones en más del 50% de algunas enfermedades detectadas que conllevan riesgo para la conducción, como los trastornos mentales y del consumo de sustancias, mientras que sí se imponen restricciones en un 80-90% en las enfermedades visuales y auditivas”.
Se necesita una evaluación más completa
Según el equipo investigador, las conclusiones muestran que sería precisa una detección de las enfermedades que puedan afectar a la seguridad en conducción, algo que podría conseguirse mediante una evaluación más completa que la que se hace actualmente en los CRC.
Cándida Castro explica que “sospechamos que, tras analizar los datos disponibles del trabajo realizado en estos centros en la década 2012-2022, se puede estar produciendo dos hechos relevantes. En primer lugar, un infra diagnóstico de enfermedades que afectan a la conducción. En muchos casos no son detectadas, pero tampoco informadas por quienes conducen. Esta sospecha podría despejarse analizando cómo se produce una diferente distribución de estas enfermedades en la población global, en comparación con su distribución en la población de los hombres y mujeres que conducen”.
Por otro lado, continúa la investigadora, “se puede estar dando una infraestimación del riesgo ya que, aunque se detecten las enfermedades o la población conductora las informen, en un alto porcentaje no se utiliza dicho diagnóstico para la imposición de restricciones”.
Trastornos mentales o consumo de sustancias
En los CRC se suelen diagnosticar, sobre todo, enfermedades relacionadas con déficits visuales, auditivos y perceptivo-motores, imponiendo en estos casos un porcentaje elevado, entre el 80 o 90%, de diagnósticos de “Apto con restricciones”, “Interrumpido” y “No Apto”. Sin embargo, este no es el caso de otras enfermedades que, sin duda, añade Castro, “conllevan riesgo en la conducción. Hablamos de ciertos trastornos mentales o del consumo de sustancias, entre otras, en las que no se imponen los diagnósticos en el mismo porcentaje. De hecho, en este ámbito, sólo se imponen restricciones aproximadamente en el 50% de los casos”.
De ahí, concluye el informe, la necesidad de colaboración entre los Centros de Salud (en los que se tiene un historial médico de la población conductora) y centros especializados de la DGT de modo que sea posible imponer restricciones que garanticen la conducción segura en los casos que sea preciso. Este modelo ya se implementa en el Reino Unido, donde cuentan con centros especializados en los que se realiza una evaluación profunda que incluye pruebas neuropsicológicas en simulador y en la carretera.
Trámite más rutinario sin problemas de salud
Según las conclusiones del estudio, esta evaluación más profunda, que incluye pruebas médicas, neuropsicológicas y de personalidad especializadas y práctica en la carretera, no sólo debería dirigirse a la población mayor de conductores, sino a todos los que padecen enfermedades. La sugerencia para quienes conducen y no tienen problemas de salud, en cambio, es que el trámite de renovación podría ser rutinario, al modo en el que se renueva el carné de identidad, “como ocurre en Reino Unido”, puntualiza Castro.
La detección de estos problemas, determina el informe, podría ser la punta del iceberg para poder intervenir en estas enfermedades que suponen no sólo un problema de tráfico, sino también social, laboral y familiar.
A partir de estos datos también podría sugerirse que los 70 años parece ser una edad en la que se produce un punto de cambio en el que disminuye bruscamente el diagnóstico de “Apto” y aumenta el de “No Apto”. Esta afirmación podría tal vez servir como sugerencia para replantearse si los períodos de vigencia del carné de conducir deberían ser inferiores a 5 años para los conductores a partir de los 70, como ocurre en la actualidad. Este cambio estaría permitido por la legislación Europea (126/06/UE) (European Legislation, 2006).
Fuente: UGR