Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso de amparo de general director de Carabineros

Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso de amparo de general director de Carabineros

Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso de amparo de general director de Carabineros

La Corte de Apelaciones de Santiago ha decidido hoy rechazar el recurso de amparo presentado por el abogado del general director de Carabineros, Ricardo Álex Yáñez Reveco, contra la instrucción impartida por el Ministerio Público de notificar cualquier salida del país del recurrente.

En un fallo unánime (causa rol 2.417-204), la Octava Sala del tribunal de alzada, compuesta por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Paola Díaz y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, concluyó que la instrucción impugnada no es ilegal y no atenta contra la presunción de inocencia del alto oficial.

«Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna en la emisión ni acatamiento de la instrucción cuestionada, pues se trata de una medida tendiente al éxito de la investigación que dirige el Ministerio Público, máxime si –como se ha informado– el amparado se encuentra sometido a una medida de citación, contemplando una audiencia de formalización fijada para el primero de octubre de este año», sostiene el fallo.

«De otro lado, tampoco se advierte una restricción o vulneración de la garantía de la libertad personal o ambulatoria del amparado, pues la medida dispuesta no posee ningún efecto más que poner en conocimiento de quien dirige la investigación la salida o ingreso al país de este. Ello no parece generar ningún entorpecimiento de los trámites migratorios normales a los cuales están sometidos todos los ciudadanos y, en tal sentido, la medida parece compatibilizar adecuadamente los intereses en juego sin afectar el principio de inocencia«, añade.

El recurso de amparo había sido presentado por el abogado del general director de Carabineros con el argumento de que la instrucción del Ministerio Público era una medida arbitraria que violaba la libertad de movimiento y la presunción de inocencia de su cliente. Sin embargo, la Corte de Apelaciones determinó que la medida de notificación no impide al general director de Carabineros salir o entrar del país, sino que simplemente requiere que informe de sus movimientos al Ministerio Público.

La resolución del tribunal señala que la instrucción es una medida esencial para garantizar el éxito de la investigación que está en curso, y que no interfiere con los derechos fundamentales del general director de Carabineros. La audiencia de formalización programada para el primero de octubre es un factor clave en esta decisión, ya que es un paso importante en el proceso judicial y la medida de notificación asegura que el investigado esté disponible para esa fecha.

La decisión de la Corte de Apelaciones ha generado diversas reacciones. Algunos expertos en derecho consideran que la medida es justa y necesaria para el buen desarrollo de la investigación, mientras que otros opinan que podría ser vista como una forma de presión sobre el general director de Carabineros en un momento delicado para la institución.

El Ministerio Público ha defendido la instrucción argumentando que la notificación de las salidas del país es una medida estándar en casos de este tipo y que no representa una violación de derechos fundamentales. Según fuentes cercanas al caso, la medida permite al Ministerio Público estar informado en todo momento sobre el paradero del investigado, lo cual es crucial para el desarrollo de la investigación.

Por su parte, el abogado del general director de Carabineros ha anunciado que evaluará las opciones legales disponibles para continuar defendiendo los derechos de su cliente. A pesar del rechazo del recurso de amparo, no se descarta la posibilidad de apelar la decisión del tribunal o de buscar otras vías legales para impugnar la instrucción del Ministerio Público.

Este caso ha puesto en el centro del debate la relación entre la investigación criminal y los derechos fundamentales de los investigados. La decisión de la Corte de Apelaciones refuerza el papel del Ministerio Público en la conducción de las investigaciones y subraya la importancia de medidas que aseguren la disponibilidad de los investigados para los procedimientos judiciales.

En el contexto actual, donde la seguridad y la transparencia en las instituciones públicas son temas de gran relevancia, la resolución de este caso podría sentar un precedente importante para futuras investigaciones que involucren a altos funcionarios públicos. La importancia de compatibilizar la eficacia de las investigaciones con el respeto a los derechos fundamentales es un tema que continuará siendo objeto de análisis y debate en los círculos legales y académicos.

La Corte de Apelaciones ha dejado claro que la instrucción de notificación de salidas del país no constituye una restricción a la libertad personal del general director de Carabineros, sino que es una medida razonable y proporcional en el contexto de una investigación judicial. Esta perspectiva resalta la necesidad de medidas que, sin ser excesivas, permitan al Ministerio Público llevar a cabo sus funciones de manera efectiva.

En definitiva, la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago marca un hito en el manejo de las investigaciones judiciales y refuerza el principio de que las medidas adoptadas por el Ministerio Público deben ser respetadas en tanto no vulneren los derechos fundamentales de los individuos. La atención se centra ahora en los próximos pasos que tomará la defensa del general director de Carabineros y en cómo se desarrollará la audiencia de formalización fijada para el primero de octubre.

La entrada sobre el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y el recurso de amparo del general director de Carabineros fue publicada primero en El Periodista.

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