Carabineros trabajando como guardias: muerte de sargento en el Teatro Caupolicán develó grave ilícito

Carabineros trabajando como guardias: muerte de sargento en el Teatro Caupolicán develó grave ilícito

Ministra del Interior Confirma Problema de Carabineros Trabajando en Seguridad Privada

La ministra del Interior, Carolina Tohá, confirmó que previamente se ha detectado a funcionarios policiales trabajando en eventos privados, lo que se contradice con la recientemente aprobada Ley de Seguridad Privada. Este hecho salió a la luz tras un trágico incidente en las afueras del Teatro Caupolicán, donde el sargento segundo Rodrigo Puga perdió la vida a causa de un disparo.

El funcionario de Carabineros identificado como Javier Molina fue dado de baja tras el incidente. Ambos carabineros estaban realizando tareas de guardias de seguridad privados, una actividad que ha sido fuertemente cuestionada tanto por el mando policial como por la ministra Tohá.

De acuerdo a lo manifestado por el teniente coronel Fernando Albornoz, de la Prefectura Central, la tarea que realizaban ambos policías «es una falta grave a la disciplina institucional, es un hecho que no se constituye como delito, pero es una falta grave».

La ministra Tohá coincidió con esta apreciación y admitió que anteriormente se han detectado a carabineros realizando ese tipo de labores, pero aseveró que «eso no quiere decir que sea común, que sea generalizado».

Guardias de seguridad

“Cuando sucede es motivo de preocupación, porque un funcionario que está contratado, tiene un horario, tiene una exigencia, tiene una misión que está ligada a una institución pública, tiene ciertas restricciones y esta es una de ellas. Es una de las materias que hay que controlar”, puntualizó la secretaria de Estado.

Carabineros como Guardias: Qué dice la Ley

Para conocer en detalle lo que dice la ley sobre esta materia, EL DÍNAMO conversó con el abogado y docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales, Víctor Beltrán.

Consultado sobre si es legal o no que los carabineros realicen trabajos de guardias privados en sus horas libres, el académico explicó que el tema se puede abordar de al menos dos formas, “por una parte lo que dice la ley y, por la otra, aquello que establece el reglamento interno de la institución”.

En ese sentido, apunta a que la Ley de Seguridad Privada prohíbe que las fuerzas de orden y seguridad, como carabineros o detectives de la PDI, por ejemplo, trabajen como guardias en ámbitos de seguridad privada; o sea, está expresamente prohibido.”

Seguridad

Luego, Beltrán recalcó que “en el artículo primero, inciso tercero, de esta ley, dice que personal de administración del Estado no puede realizar actividades de seguridad privada. Textual”.

Al ahondar en el tema, el académico enfatizó que “también está el reglamento de disciplina de la institución, que tiene varios artículos interesantes. Uno de ellos es el 22, que establece cuáles son las faltas a la integridad de los funcionarios, entre las cuales menciona el mantener o dedicarse a negocios, empresas comerciales o cualquier otra actividad incompatible con la fiscalización que corresponda a Carabineros o que menoscabe la dignidad del profesional”.

“El tema es que precisamente a Carabineros de Chile le corresponde fiscalizar las cuestiones de seguridad privada. Entonces, no pueden involucrarse en actividades que a la propia institución le corresponda fiscalizar. Ahí no hay una doble lectura, está prohibido en la Ley de Seguridad Privada y también en los reglamentos disciplinarios de Carabineros. Además hay una normativa ética que lo refuerza”, puntualizó el docente de la UDP.

Diferencias entre Guardias de Seguridad y Vigilantes

Víctor Beltrán aprovechó de dar a conocer las diferencias que existen en el país en cuanto a las condiciones de trabajo de los guardias de seguridad privados y los vigilantes.

“Es algo que hace muchos años se maneja con la idea de que a los guardias privados sí les está permitido el uso de armas de fuego, a diferencia de los vigilantes, que no tienen tal autorización”, planteó.

También dijo que otra diferencia tiene que ver con la capacitación que reciben, ya que los guardias, además del hecho de poder portar armas de fuego, “tienen que someterse a cierta cantidad de horas de capacitación, y además deben usar chaleco antibalas, esposas y cascos. Para identificarlos claramente, en la calle uno los ve de azul, como los guardias de bancos o de transporte de dinero”.

“En cambio, los vigilantes no portan armamento de fuego, algunos utilizan algún tipo de elemento que no es un arma de fuego y, al verlos en la calle, visten generalmente de negro”, concluyó.

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