Conducir en chanclas ha sido un tema de debate recurrente cada verano, y este año no es una excepción. La Guardia Civil ha recordado a los conductores a través de sus redes sociales que, aunque no está expresamente prohibido, conducir en chanclas puede resultar en una multa.
Al comenzar el verano y con el aumento de las temperaturas, la ropa y el calzado fresco se convierten en la norma. La relajación que acompaña al periodo vacacional, los baños en la playa y las piscinas pueden hacer que los conductores sigan prácticas que no son habituales el resto del año, como conducir sin camiseta, en chanclas, o sandalias. Sin embargo, es fundamental recordar que el verano, las vacaciones y la playa no son excusas para relajarse en lo que respecta a la seguridad vial.
La Guardia Civil ha enfatizado en sus publicaciones en las redes sociales que, aunque no está específicamente prohibido, los conductores pueden ser sancionados por no ser capaces de mantener la libertad de movimientos requerida para conducir de manera segura. Esto está en consonancia con el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que establece la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos.
Este artículo es a menudo referido como el «cajón de sastre» de las multas de la DGT. Aunque no prohíbe específicamente conducir con chanclas, deja a criterio del agente de tráfico determinar si dicho comportamiento implica una pérdida de libertad de movimientos y, por lo tanto, podría resultar en una sanción.
El Artículo 18, titulado «Otras obligaciones del conductor», establece: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». Este artículo también detalla la necesidad de mantener una posición adecuada para los pasajeros y una colocación correcta de los objetos o animales transportados.
La polémica generada por esta publicación en las redes sociales reside en que una actitud que no está expresamente prohibida puede ser sancionable. Sin embargo, existen algunas consideraciones importantes:
Primero, la ley no puede prohibir todas las casuísticas posibles. Para prohibir el uso de un tipo de prenda o calzado específico, primero se debería definir con precisión qué es ese tipo de calzado, es decir, definir qué es y qué no es una chancla.
En segundo lugar, independientemente de lo que diga la ley y de si es sancionable o no, un calzado que facilite que el pie pueda soltarse o atascarse en el pedal no es un calzado seguro y deberíamos evitarlo. Este tipo de calzado podría llevarnos a situaciones de riesgo o hacer que nuestra reacción a una situación de riesgo no sea comparable a la que tendríamos con un calzado adecuado.
Por último, siempre es recomendable llevar un calzado deportivo común para conducir y, por otro lado, las chanclas para la playa o la piscina. Este es un consejo que todos los conductores deberían seguir para mantener la seguridad vial durante el verano.
Entonces, aunque la ley no prohíbe explícitamente conducir en chanclas, los conductores deben recordar que la seguridad vial debe ser siempre una prioridad. El uso de chanclas mientras se conduce puede poner en riesgo la libertad de movimientos necesaria para una conducción segura, y por lo tanto, puede dar lugar a una multa. Por lo tanto, es aconsejable que los conductores utilicen un calzado adecuado al volante, reservando las chanclas para la playa o la piscina.