Sernac destaca los derechos de los habitantes ante defectos de construcción en viviendas después de un sistema frontal

Sernac recuerda derechos de las personas ante fallas de construcción en viviendas tras sistema frontal

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ha recordado a los ciudadanos de Chile sus derechos en caso de problemas de construcción en sus viviendas, especialmente en el contexto del sistema frontal que afecta a la zona centro sur del país. Estos derechos están amparados principalmente por la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que establece las responsabilidades de las constructoras e inmobiliarias en cuanto a los daños, desperfectos o fallas que presenten las viviendas.

Andrés Herrera, director nacional de Sernac, destacó que la ley reconoce una serie de derechos a los propietarios de viviendas, especialmente en lo que respecta a los daños que son responsabilidad de la constructora o inmobiliaria. Según Herrera, las fallas deben ser atribuibles a la responsabilidad de la inmobiliaria y para iniciar acciones legales, es importante que los vecinos se organicen para recopilar los antecedentes necesarios. Esto puede hacerse a través de la junta de vecinos o de los comités de vivienda.

La normativa establece que las empresas tienen un deber de responder cuando se producen problemas en las viviendas. Este deber se extiende hasta 10 años desde la recepción municipal de la vivienda, aunque varía dependiendo del tipo de falla. Para las terminaciones, el plazo es de hasta 3 años desde la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. En el caso de las instalaciones, el plazo se extiende hasta 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra. Para los problemas estructurales, el plazo es de hasta 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.

La normativa también incluye el procedimiento para las demandas colectivas por daños y perjuicios en la calidad de las construcciones. Para iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda, es necesario que haya al menos seis consumidores afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional.

Este año, Sernac ha recibido varios reclamos por daños en viviendas. Recientemente, ofició a la Inmobiliaria Pacal después de que se supiera que 26 departamentos de un conjunto inmobiliario en la región del Maule habían sido afectados por la acumulación de agua en el techo de las torres de los edificios, lo que provocó filtraciones de agua lluvia al interior de los departamentos.

Es crucial que los propietarios de viviendas estén al tanto de sus derechos y de las responsabilidades de las constructoras e inmobiliarias, especialmente en situaciones de daños y desperfectos. Como ha señalado Sernac, los propietarios pueden y deben tomar medidas cuando la calidad de la construcción de sus viviendas es deficiente. La normativa proporciona los medios para hacerlo, ya sea individualmente o en forma colectiva. La responsabilidad de las constructoras e inmobiliarias no debe ser subestimada, y es esencial que los propietarios de viviendas sepan cómo ejercer sus derechos.

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