Durante las elecciones primarias de 2016, el entonces candidato Donald Trump se refería a su adversario, el senador Marco Rubio, como «pequeño Marco». Esta constante desestimación llevó a Rubio a reaccionar en un mitin, donde lanzó una afirmación con doble sentido sobre los hombres con manos pequeñas: «¡No te puedes fiar de ellos!». En respuesta a esto, Steve Elster, un activista progresista, intentó registrar en 2018 la marca “Trump too small” [“Trump demasiado pequeñas” o, con doble sentido, “demasiado pequeña”], pero fue rechazado por la oficina de patentes debido a que la ley exige el consentimiento de la persona citada.
En un giro de acontecimientos, Elster apeló la decisión y un tribunal le concedió la razón el año pasado, citando una violación de su libertad de expresión debido a que Trump es una figura pública. La oficina de patentes apeló esta decisión y el Supremo le dio la razón el jueves en el caso Vidal v. Elster.
Además de su afirmación sobre las manos pequeñas, Rubio lanzó otros ataques físicos contra Trump durante la campaña de las primarias. Se burló de su bronceado, diciendo que “no suda porque sus poros están obstruidos por el spray bronceador”. Añadió la frase: “Donald Trump no va a hacer América grande, va a hacer América naranja”.
Curiosamente, Rubio suena ahora como una posibilidad para figurar en la papeleta como candidato a vicepresidente junto a Trump. El expresidente puede intentar apelar con él al voto latino, pero su candidatura se enfrenta también a algunos inconvenientes. Rubio debería sacrificar su puesto de senador y tendría que cambiar su residencia, pues la Constitución exige que los candidatos a presidente y vicepresidente estén domiciliados en Estados diferentes.
En la vista oral del caso de la marca “Trump too small” celebrada el pasado 1 de noviembre, el Supremo considera que la cláusula que protege a los nombres no viola la libertad de expresión. Una cosa es usar una frase contra alguien y otra poder registrar esa frase denigratoria con el nombre de otra persona como marca y garantizarse los derechos. Elster puede seguir vendiendo camisetas y otros productos con esa frase en virtud de su libertad de expresión, pero no puede registrarla para tener la exclusividad.
El Departamento de Justicia defendía la misma tesis que ha prevalecido en el Tribunal Supremo. “Las restricciones a las marcas registradas se han basado en la noción de que una persona es propietaria de su propio nombre y que no puede ser excluida del uso de ese nombre por la marca de otro”, señala la sentencia, de la que ha sido ponente el juez Clarence Thomas.
El curso judicial del Tribunal Supremo viene muy marcado por las decisiones sobre Trump. Los jueces también decidieron acerca del uso de las redes sociales por parte de los cargos públicos, un caso con ecos al mandato del expresidente, pero que no le atañía directamente. Por ahora, la decisión más importante sobre el expresidente fue la que rechazó su inhabilitación por insurrección. Quedan otras dos que afectan al futuro judicial de Trump. Una, sobre el alcance de su inmunidad presidencial en materia penal. La otra, sobre la naturaleza de un delito de obstrucción de un procedimiento oficial. Ambos fallos se esperan este mes.