El reciente proyecto de ley presentado por los diputados Juan Carlos Beltrán, José Miguel Castro, Andrés Celis, Eduardo Durán y las diputadas Sofía Cid, María Luisa Cordero, Karen Medina, Carla Morales, Marlene Pérez y Marcia Raphael propone cambios significativos en el Código Penal con el objetivo de erradicar la corrupción y los delitos sexuales en los cargos públicos y de representación popular de Chile.
La iniciativa que estos diputados y diputadas han patrocinado busca establecer la inhabilitación absoluta para ejercer en cargos u oficios al interior de los órganos o empresas del Estado a las personas que, ejerciendo cargos públicos o de representación popular, sean condenadas por delitos de corrupción o de carácter sexual.
Esta propuesta surge en un contexto en el que Chile atraviesa por un periodo de crisis política–institucional similar a aquellos casos acontecidos durante la década de los dos mil, como el MOP–Gate, los sobresueldos, el caso coimas, Inverlink, Chile Deportes, Publicam y EFE, entre otros, donde los recursos públicos de todos los chilenos se vieron afectados por casos de corrupción.
Aunque se han aprobado una serie de modificaciones legales a lo largo de los años, los autores del proyecto señalan la necesidad de proteger de manera más eficaz los recursos de todos los chilenos, ya que en los últimos meses la opinión pública ha sido testigo de hechos contrarios a la probidad y la ética funcionaria, e incluso actos directamente de corrupción.
A nivel internacional, Chile se encuentra en el lugar 67 de 180 dentro del Índice de Percepción de la Corrupción, elaborado por Transparencia Internacional. Sin embargo, este lugar ha sido el mismo durante los últimos cinco años, lo que indica un estancamiento en el avance de las estrategias para prevenir y hacer frente a la corrupción.
Por esta razón, los legisladores proponen establecer mecanismos disuasivos respecto a actos contrarios a la probidad y que se encuentran ligados a la malversación de caudales públicos, cohecho y/o corrupción. En este sentido, proponen lo que en otros países han considerado como la muerte civil, es decir, la inhabilitación de personas condenadas por delitos contra la administración pública para trabajar como funcionarios públicos.
Además, el proyecto busca abordar los casos en donde personas electas para ejercer cargos de representación popular, principalmente alcaldes y ex alcaldes, han estado en el centro de la polémica a raíz de denuncias de abuso y acoso sexual en su contra.
El artículo 251 quáter del Código Penal se propone modificar para incorporar los siguientes incisos: “Aquel funcionario público que cometiere los delitos de malversación de caudales públicos, cohecho, violación, abuso sexual u otro tipo de delito sexual será condenado, además de las sanciones establecidas para cada caso, a la pena de inhabilitación absoluta para ejercer en cargos u oficios al interior de los órganos o empresas del Estado.»
La misma situación recaerá sobre aquella persona que haya sido electa en cargos de representación popular y la inhabilidad mencionada dará lugar desde el momento en que la sentencia judicial definitiva se encuentre firme o ejecutoriada y a su vez sea incorporada dentro del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado de la Contraloría General de la República.
Este proyecto de ley se encuentra actualmente en primer trámite constitucional y ha sido radicado para su estudio en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados. Este hecho subraya la importancia y urgencia con la que los legisladores están tratando este tema en el país sudamericano.