En el dinámico mundo del estacionamiento de vehículos, a menudo nos encontramos en situaciones en las que buscamos un lugar para aparcar, y encontramos uno, pero está en la fila de coches del carril contrario. Este es un escenario comúnmente observado en nuestras calles y avenidas, y en el que la mayoría de nosotros no vacilaríamos en aprovechar para estacionar nuestro coche. El estacionamiento es legal y permitido, ya sea en una zona azul, verde o blanca. Sin embargo, a nuestro regreso, nos encontramos con una desagradable sorpresa: una multa en el parabrisas.
Recientemente, este escenario se ha puesto en el centro de atención debido a un vídeo que se ha hecho viral. En este vídeo, un conductor protesta vivamente por haber sido multado en una situación similar. Esto nos lleva a cuestionarnos: ¿quién tiene realmente razón?
Para entender mejor la situación, echemos un vistazo al vídeo en cuestión. Este fue publicado por un usuario de Instagram que se quejaba de la multa que le habían impuesto en Mogán, Gran Canaria. En el vídeo, se puede ver claramente que ha estacionado su CUPRA León correctamente en una zona azul, pero lo ha hecho en sentido contrario a la circulación del carril.
Esta práctica es bastante común en calles de doble sentido, y no es raro ver ejemplos de ello en nuestras propias calles. En el vídeo, se puede observar que la línea de la calle es discontinua, lo que normalmente indica que está permitido invadir el carril contrario para adelantar, entrar en un garaje o aparcamiento, o girar hacia otra calle. Sin embargo, el Ayuntamiento de Mogán le ha impuesto una multa de 80 euros, sin pérdida de puntos.
En un mundo donde los lugares de aparcamiento son escasos, es comprensible que muchos conductores opten por aparcar «como sea». Sin embargo, por muy frustrante que pueda ser recibir una multa, la realidad es que el conductor no tiene razón en este caso. Ha estacionado su coche de una manera que es incorrecta según el Reglamento General de Circulación, específicamente el Artículo 90.2.
Este artículo establece que: «Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo».
Aunque las ordenanzas municipales son las que regulan el régimen de estacionamiento y parada en vías urbanas, estas no pueden contravenir el Reglamento General de Circulación. Por lo tanto, invadir el carril izquierdo para estacionar el vehículo es una infracción en una vía de doble sentido. Si la calle fuera de un solo sentido, no habría problema, pero este no es el caso aquí.
A pesar de que se trata de una infracción, no es una de las más vigiladas por la policía local española. Sin embargo, en localidades turísticas o durante eventos con alta afluencia de personas, este comportamiento podría ser objeto de una mayor vigilancia. Por lo tanto, aunque pueda parecer una paradoja, la realidad es que seguirás viendo vehículos aparcados en sentido contrario a la circulación de forma habitual.